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Abogado laboralista en Navardún

Usted como asalariado en una empresa debería de estar al corriente de que en cualquier oportunidad puede posponer su servicio sin que importe el tipo de convenio que el obrero haya certificado. Solo deberá de recordar dos condiciones: la 1ª comunicar al empresario la decisión tomada y en 2º argumento que en tal decisión tomada el gerente se haya mantenido lejos y el operario nunca se haya sentido coaccionado en ocasión alguna.

Para que el asalariado tenga su derecho a cobrar la correspondiente prestación y pueda gestionar el paro, nunca el operario deberá de pedir la baja voluntaria pese a que fuera deseo del director como tampoco deberá de pedirla propia voluntad a pesar de que las relaciones laborales se hayan modificado, haya impagos en el salario o haya cambios en la afinidad. Habrá que indagar otras alternativas en las que el asalariado no tenga las de perder, pueda cobrar la remuneración correspondiente y no tenga ningún contratiempo en el segundo de exigir el paro.

La carta por duplicado es la forma más óptima de presentar la notificación por escrito al gerente. Una de las notificaciones se la quedará el director y la otra el jornalero la cuál tiene que ser firmada por el director. En el caso de que la empresa se negase a sellarla el trabajador puede expedirla a través de burofax.

La comunicación escrita a la empresa, fuera de si el empleado se encuentra en el término de prueba, se ejecutará con la preferencia que dictamina el Convenio Colectivo o si hubiese habido algún pacto al firmar el acuerdo de trabajo. Si por casualidad no hubiese ni convenio, ni plazo de de adelanto la prórroga será de 15 días que es lo que obliga el Estatuto de los Trabajadores.

Se tendrá que entender que si el empleado no cumple con el intérvalo reglamentario de preaviso la empresa posee autoridad para descontarle del finiquito los días que fallen o también puede exigirlos en el hipotético caso en el que la recompensa fuera menor que el descuento.

El empleado no tendría que olvidarse que puede retroceder en la baja voluntaria que manifestó aunque se encuentre en el período de preaviso ya que el contrato laboral, entre asalariado y amo, sigue vigente.

Al rematar el trabajo el jefe deberá de mostrar al empleado la supuesta finiquitación correspondiente baja laboral. Si el trabajador por otros motivos estuviese descontento tendrá que firmarlo marcarlo y poner contrariado. Si sucede todo esto el empleado quedaría exento de embolsar su indemnización aunque si puede demandar lo que el jefe le adeuda.