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Despido colectivo (ERE)

Los despidos colectivos son aquellos objetivos que afectan a varios trabajadores del mismo centro.

Despido colectivo (ERE)

Para ser considerado como tales la legislación establece el número mínimo de trabajadores que deben ser despedidos para encontrarnos ante un despido calificado de colectivo:

  • En las empresas con menos de 100 trabajadores, el mínimo de trabajadores afectados debe ser 10.
  • En empresas de entre 100 y 300 trabajadores, el despido ha de afectar a, como mínimo, el 10% de los trabajadores.
  • En empresas con más de 300 trabajadores, el despido debe afectar, al menos, a 30 trabajadores.

La indemnización prevista para los trabajadores afectados por un despido colectivo es de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades.

El despido colectivo deberá realizarse a través de un Expediente de Regulación de Empleo de carácter extintivo, es decir, por el cual se finaliza la relación laboral con los trabajadores afectados.

Para llevar a cabo este despido, la empresa deberá alegar, y, muy importante, justificar debidamente, causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.

Causas económicas: los resultados económicos de la empresa deben mostrar una situación negativa, en la que existan pérdidas actuales o previstas, o bien una disminución durante al menos tres trimestres consecutivos con respecto al mismo periodo anterior de ingresos y/o ventas.

Causas técnicas: son aquellas en las que se hayan producido cambios en los métodos, medios o instrumentos de producción.

Causas organizativas: cuando se producen cambios en los métodos y/o sistemas de trabajo, organización de la producción etc.

Causas de producción: cuando se producen cambios en el mercado que afectan seriamente a la demanda de los productos o servicios de la empresa.

Según la legislación vigente, en la actualidad la empresa no necesita solicitar autorización a la autoridad laboral, como si sucedía años atrás.  Son los tribunales correspondientes quiénes deberán determinar la legalidad de este ERE cuando sea impugnado.

Se iniciará un periodo de consultas en el que la empresa deberá presentar una memoria en la que se expliquen y detallen las causas del despido colectivo, y deberá aportar a la misma la documentación fiscal y contable necesaria que lo justifique.

¿Su empresa va a iniciar un Expediente de regulación de Empleo o piensa que va a hacerlo? Es importante estar perfectamente asesorado para saber qué pasos exactos deben dar en defensa de sus derechos e intereses. Contacte con un abogado laboralista en Zaragoza para recibir asesoramiento inmediato.