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CONTRATO FORMATIVO Y EN PRÁCTICAS. ABOGADO LABORALISTA Zaragoza

Entre las diferentes formas de contratación existen dos de ellas que a menudo crear confusión: se trata del contrato en prácticas y del contrato. para la formación y el aprendizaje. ¿En qué se diferencian? Se lo explicamos en este artículo.

Los contratos en prácticas están destinados a personas que tienen una alta cualificación académica, por ejemplo un título universitario. La idea de este contrato es que el joven estudiante ponga en práctica los conocimientos adquiridos durante la carrera. El Estatuto dice lo siguiente sobre estos contratos:
'El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes'.
La duración de este tipo de contratos tiene un límite máximo de dos años. Además, la retribución no podrá ser inferior al sesenta o al setenta y cinco por ciento durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo.

Por su parte, el contrato para la formación y el aprendizaje tiene como destinatarias a aquellas personas que no tienem la cualificación académica anterior. En este caso el contrato combina formación reglada y trabajo en una empresa.
Tal como dice el Estatuto, este contrato se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis y menores de veinticinco años. Existe, por tanto, un límite de edad para esta modalidad contractual. El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al setenta y cinco por ciento, durante el primer año, o al ochenta y cinco por ciento, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal.

Le recordamos que si tiene alguna duda sobre este o cualquier otro tipo de contrato, sólo tiene que ponerse en contacto con nosotros para que estudiemos su situación y, caso de que sea necesario, realicemos la correspondiente reclamación laboral. Somos abogados laboralistas con una amplia trayectoria y experiencia profesional.